Violencia Obstétrica
Muchas mujeres imigrantes sufren violencia obstétrica durante el parto y ni siquiera lo saben porque creen que es “normal” ese tipo de maltrato durante el parto. Por eso empezamos una serie en el Blog para que las mujeres imigrantes conozcan sus derechos, y toda la información necesaria para que ellas se sientan seguras para poder escoger el tipo de parto que quieren y sepan a dónde acudir en caso de sufrir violencia obstétrica.
Qué es la violencia obstétrica?
La violencia institucional en la asistencia al parto, tambien llamada de violencia obstétrica, es la violencia cometida contra la mujer embarazada y su familia en instituciones de salud, en el momento de atendimiento del pré-natal, el parto o aborto. Puede ser verbal, física, psicológica o sexual y se expresa de diversas maneras, a veces explícitas, a veces veladas. Como otras formas de violencia contra la mujer, la violencia obstétrica es fuertemente condicionada por prejuicios de género. Algunos ejemplos de ese tipo de violencia: ofender, humillar o insultar a la mujer, hacer chistes despectivos en relación a su cuerpo, tratar a la mujer o su acompañante de manera grosera, inmobilizar a la mujer, negar atención, realizar intervenciones sin antes explicar a la mujer la necesidad del procedimiento, prestar asistencia sin observación de mejores evidencias cientificas disponibles, alejar al recién nacido de la mujer después del parto, entre otros. Muchas veces, el modo de la organizacion de las intituciones de salud constituye uma forma de violencia, al imponer protocolos de atendimiento padronizados a todas las mujeres, sin cualquier conocimiento científico que los sustente.
Cuáles son las formas mas comunes de violencia obstétrica?
Antes del parto:
- Pré-natal con informaciones insuficientes o cuestionables sobre el andamiento del embarazo.
- Falsas indicaciones para cirugia cesárea
- Falta de informaciones sobre la fisiologia del parto normal y riesgos de cirugias cesarianas.
- Ausencia o mala calidad de informaciones sobre como la mujer debe proceder durante el inicio del trabajo de parto.
- Imposibilidad de la mujer escoger previamente el local del parto
Durante el parto:
Violencia Física:
acciones que incidam sobre el cuerpo de la mujer, que interfieran, causen dolor o daño fisico (de grado leve a intenso), sin recomendación basada en evidencias científicas.
Ejemplos:
- bofetadas
- empujones
- aplicación de suero con oxitocina sintética con el fin de contraer artificialmente el útero.
- privación de movimientos (no dejar que camine)
- Falta de libertad para ingeriri líquidos y alimentos (*no dejarla comer ni tomar nada)
- privación de métodos naturales para alivio del dolor
- privación de anestesia cuando es necesaria y reinvindicada por la mujer.
- toques indeseados y/o toques realizados por diferentes personas
- desprendimiento de membrana sin consentimiento de la mujer
- ruptura artificial de la bolsa sin consentimiento de la mujer
- obligar a la mujer a quedarse echada o en otra posición que ella juzque dolorosa durante el trabajo de parto y/o nacimiento del bebé.
- maniobra de kristeller (cuando el profesional de salud sube encima de la barriga de la embarazada y la fuerza para abajo)
- amarrar la piernas en el soporte para las piernas.
- episiotomia (corte en la vagina)
- uso de forceps sin indicación clínica, forceps didáctico.
- cesáreas sin real indicación clínica o por conveniencia del médico.
- someter a la mujer a cualquier procedimiento innecesario sin su conocimiento, sin esclarecimiento de riesgos y complicaciones, o sin su consentimiento.
Violencia psicológica:
toda acción verbal o de comportamiento que cause en la mujer sentimientos de inferioridad, vulnerabilidad, abandono, inestabilidad emocional, miedo, inseguridad, alienación, perdida de integridad, dignidad y prestigio.
Ejemplos:
- todo tipo de humillación, tortura psicológica, amenazas, ofensas
- bromas sobre obesidad, pelos pubianos, estrias, evacuación
- recriminar el llanto, o grito o las palabras de la mamá con su bebé
- recriminar la expresión de su religiosidad
- discriminación étnico-racial
- discriminación económico-social
- discriminación referente a la edad, profesión, orientación sexual de la mamá
- utilizar tratamiento infantilizador, o outro que inferiorize a la mujer
- “Obedezca, si no vas a matar a tu bebé, quieres matar a tu bebé?”
- obligar a la mujer cuando esta no acepta el agendamiento de la cesárea
Violencia Institucional:
acciones o formas de organización que dificulten, retarden o impidan el acceso de la mujer a sus derechos constituidos, sean estos acciones o servicios, de naturaleza pública o privada.
Ejemplo:
- Falta de lugares en hospitales e incentivar a la “peregrinación” por internación.
- Omisión en el encaminamiento adecuado de la mujer delante de la falta de lugares.
- Impedimento de entrada de um acompañante escogido por la mujer en la institución de salud.
- Falta de adecuación para la entrada y permanencia de um acompañante de libre elección.
- Falta de capacitación de las redes de atención a mujeres víctimas de violencia para recoger denuncias de violencia obstétrica y tratar de sus especificidades.
- Descumplimiento de la legislación vigente.
- Ofrecer internación en ala particular ( en hospitales conveniados al SUS) cuando la mujer exige derechos garantizados por la ley en el servicio público.
Como y dónde puedo denunciar?
Llame para 180 para registrar la denuncia en la Secretaria de Políticas para Mujeres.
Si la institución descumplidora fuera hospital público o conveniado al SUS, la denuncia puede se echa por el telefono 136 o por el Site de Ministerio de Salud, encaminada a la Secretaria Estadual de Salud de su Estado o Municipio.
Para denunciar, si la institución descumplidora fuera hospital particular, busque la ouvidoria del hospital y formalize la denuncia.
Además de eso, denuncie en la ANS por el telefono 0800701 9656(llamada gratuita) o por el formulario en el site o personalmente en los Núcleos de la ANS.
Es posible denunciar también en el Procon de su ciudad.
En ambas situaciones (particular o púbica) es posible también, denunciar la conducta junto al Ministério Público de su ciudad, pidiendo averiguación de la institución.
Informaciones obtenidas en: www.partodoprincipio.com.br
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